Friday, May 22, 2020

Beneficios migratorios de matrimonio con puertorriqueño

Cuando una persona extranjera se casa con un puertorriqueà ±o, en la Isla o en uno de los 50 estados de la Unià ³n Americana, produce los mismos efectos migratorios que casarse con un nativo de Iowa o Texas o con un ciudadano que adquirià ³ la nacionalidad por naturalizacià ³n. Desde el punto de vista legal en todos los casos dichos se trata de lo mismo: matrimonio con un ciudadano americano. Aunque Puerto Rico tiene estatus de Territorio o Commonwealth, su gente es ciudadana americana desde el momento de su nacimiento.   Resaltar, ademà ¡s, que  la ley de inmigracià ³n que aplica en Puerto Rico es la de Estados Unidos. Efectos migratorios de matrimonio con un puertorriqueà ±o Los puertorriqueà ±os que se casan con una persona extranjera pueden solicitar para sus cà ³nyuges la green card o tarjeta de residencia permanente por matrimonio. Esto aplica tanto a matrimonios entre un varà ³n y una mujer como al conformado por dos personas del mismo sexo.   El matrimonio puede haberse celebrado en Puerto Rico, Estados Unidos o en cualquier otro paà ­s, siempre y cuando sea và ¡lido. Tener en cuenta que si un ciudadano inicia la  tramitacià ³n para pedir a su cà ³nyuge, puede cancelar la solicitud  en cualquier momento del proceso, si cree que realmente  no està ¡ tan enamorado  como creà ­a o que la otra persona quiere mà ¡s a los papeles que al novio/a. La peticià ³n de la green card para un cà ³nyuge siempre se inicia con el Servicio de Inmigracià ³n y Naturalizacià ³n (USCIS, por sus siglas en inglà ©s). Dependiendo del lugar en el que se encuentre el cà ³nyuge para el que se piden los papeles, se puede seguir uno de los 2 trà ¡mites siguientes: ajuste de estatus si ya està ¡ en Estados Unidos y sus territorios y puede ajustar su estatus. En este caso se puede presentar conjuntamente la peticià ³n de cà ³nyuge y el ajuste de estatus.procedimiento consular, para cuando el cà ³nyuge pedido està ¡ fuera de Estados Unidos y sus territorios o cuando sà ­ està ¡ presente en EE.UU. pero no puede ajustar su estatus. Por ejemplo, si està ¡ como indocumentado e ingresà ³ al paà ­s cruzando ilegalmente la frontera. Si el cà ³nyuge extranjero tiene hijos solteros menores de 21 aà ±os, el puertorriqueà ±o puede pedir una green card para estos  hijastros, presentando una solicitud diferente para cada menor que se desea pedir. Ademà ¡s, si la green card se obtiene antes de cumplir los 2 aà ±os de casado, el cà ³nyuge pedido recibirà ¡ una tarjeta de residencia no permanente y està ¡ obligado a levantar la condicionalidad al cumplirse dos aà ±os desde que recibià ³ la tarjeta verde. Finalmente, despuà ©s de tres aà ±os casado, el extranjero puede solicitar adquirir la ciudadanà ­a estadounidense por naturalizacià ³n. Problemas que pueden surgir en la tramitacià ³n de la green card por matrimonio En una peticià ³n de esposos bà ¡sicamente pueden aparecer 4 problemas: Que el solicitante no pueda hacerlo porque cometià ³ en el pasado ciertos delitos que lo incapacitan para pedir a un familiar. Son los llamados Adam Walsh.Que el solicitante no tenga  recursos econà ³micos suficientes para patrocinar  y no encuentra copatrocinador.Que el USCIS no se cree que el matrimonio es de verdad.  Estas son preguntas tà ­picas  que sirven a los oficiales de inmigracià ³n para determinar si el casamiento es de verdad o se trata de uno fraudulento para obtener los papeles.Que la persona extranjera para la que se piden los papeles tiene en sus circunstancia al menos una que  va a hacer que la peticià ³n se deniegue  por considerar que es inadmisible para los Estados Unidos. En este à ºltimo caso caben varias posibilidades, pero es muy importante entender que estar casado con un ciudadano, en este caso un puertorriqueà ±o, no da derecho a arreglar los papeles si no se cumplen todos los requisitos legales. Por ejemplo, un indocumentado que ingresà ³ a Estados Unidos cruzando ilegalmente la frontera no puede ajustar el estatus en el paà ­s. Y, si inicia los trà ¡mites, tendrà ¡ que salir a una entrevista a un consulado estadounidense y en el momento en el que sale aplica el castigo o penalidad de los 3 o de los 10 aà ±os  por presencia ilegal.  Y a partir de ahà ­, todo son problemas. Por eso es fundamental antes de iniciar los trà ¡mites asesorarse adecuadamente para saber si se puede arreglar los papeles o si van a surgir problemas graves. Ademà ¡s, saber cuà ¡ndo es posible solicitar un waiver, tambià ©n conocido como perdà ³n, para arreglar el problema y cuà ¡ndo ni siquiera la ley permite hacerlo. Opciones para novios Cualquier ciudadano americano que està © pensando en casarse en Estados Unidos  con su novio/a extranjero que reside en otro paà ­s puede considerar la opcià ³n de una peticià ³n de visa K-1 para prometidos (fiancà ©). En este caso la boda tendrà ­a que producirse dentro de los 90 dà ­as siguientes al ingreso del novio extranjero a Estados Unidos o Puerto Rico. La posibilidad de pedir una visa K-1 sà ³lo beneficia a ciudadanos americanos, no pueden solicitarla los residentes permanentes legales. Estos sà ­ pueden pedir a sus cà ³nyuges, pero ya deben haber contraà ­do matrimonio. Por el contrario, si un novio extranjero sà ³lo desea visitar a su enamorado boricua, entonces la visa a pedir es la de turista, a menos que se pertenezca a un paà ­s del Programa de Exencià ³n de Visados y la duracià ³n de la estancia sea inferior a 90 dà ­as. Viajar a Puerto Rico Documentacià ³n que se necesita para visitar Puerto Rico, desde otro paà ­s o desde uno de los estados de Estados Unidos. Este es un artà ­culo informativo. No es asesorà ­a legal.

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